El organismo ejecutivo publicó este viernes las "disposiciones presidenciales en caso de calamidad pública y órdenes para el estricto cumplimiento ", las cuales establecen los horarios de trabajo para los sectores público y privado.
Según la norma publicada en el Diario de Centroamérica, las instituciones públicas tienen ahora un horario de 7 a 15 horas mientras que las oficinas administrativas de las empresas privadas tendrán un horario de 9 a 17 horas.
El escalonamiento de horarios laborales entra en vigencia el sábado 8 de agosto, según indica el texto publicado, el cual no está identificado con ningún número correlativo de decreto o acuerdo gubernativo.
En el caso de los restaurantes, estos prestarán el servicio de alimentación de acuerdo al sistema del Tablero de Alertas Sanitarias.
En el caso del servicio de entrega a domicilio, estos podrán hacerlo a cualquier hora del día.
La disposición prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas de 19 horas a las 5 de la mañana del día siguiente.


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