MINECO presenta el Plan Belén de 2013

EL MINISTERIO DE ECONOMÍA A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN DE ATENCIÓN Y ASISTENCIA AL CONSUMIDOR -DIACO- PRESENTAN EL PLAN DE TRABAJO PARA LAS FIESTAS DE FIN DE AÑO

La Comisión Interinstitucional acuerdan acciones concretas para evitar accidentes en las fiestas navideñas, dieron recomendaciones a la población y presentaron el plan de trabajo.



Guatemala, 2 de diciembre de 2013. En conferencia de prensa, autoridades de la Comisión Interinstitucional y la directora de la DIACO, Silvia Escobar, realizaron la presentación del Plan Belén para navidad, en un esfuerzo conjunto para evitar que ocurran accidentes con resultados fatales, quemaduras en los niños y niñas, trabajos laborales de menores de edad. Se realizarán verificaciones y monitoreos por parte de delegados de la DIACO, con el apoyo de una fuerza de tarea para el acompañamiento de las actividades.

La Directora Escobar habló sobre las acciones que se están llevando a cabo en el Plan Belén, el que consiste en:

 La prevención y reducción de accidentes que ocasionan los fuegos pirotécnicos.
 Verificación de libros de quejas en comercios.
 Monitoreo de precios de temporada en mercados y supermercados.
 Plan Centinela: verificación de combustibles y gas propano.
 Pegado de afiches, capacitaciones, consejos para los padres de familia, comercios, etc.
 Publicidad engañosa.

Señaló que a partir del martes 3 de diciembre, se iniciarán los operativos de campo en todo el país, y que gracias al apoyo de instituciones como el Ministerio de Gobernación, la Policía Nacional Civil -PNC-, Sección de Explosivos (DIDAE), Ministerio de la Defensa, Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-, Procuraduría de los Derechos Humanos -PDH-, Bomberos Municipales, Bomberos Voluntarios, Procuraduría de Derechos Humanos (PDH), acompañarán a los delegados de la DIACO a realizar los monitoreos y verificaciones.

Las sanciones para los vendedores o empresas que sean sorprendidas vendiendo artículos prohibidos como son los canchinflines y silbadores, serán multadas y la mercadería será decomisada; y si es un negocio formal se le cancelará la licencia de comercialización.

Según el Decreto Ley Número 123-85, Ley de Especies Estancadas y reformada por el Decreto Número 73-2007, establece lo siguiente: ARTICULO 15* prohíbe:

Importar, producir, fabricar, almacenar, depositar, distribuir y comercializar silbadores y canchinflines.
Para la importación de los artificios pirotécnicos que no se fabriquen en la República, el Ministerio de Economía concederá las licencias correspondientes, previa audiencia al Ministerio de la Defensa Nacional.

*Adicionada la literal c) por el Artículo 1, del Decreto Del Congreso Número 73-2007 el 22-12-2007
Ante cualquier eventualidad en el sector comercial, mercados, abarroterías, ventas callejeras, etc., denunciar a Oficinas Centrales DIACO, a través de las líneas telefónicas: 2501-9898 o en la página de Internet www.diaco.gob.gt y 1544 servicio DIACO en línea los 365 días del año las 24 horas, MSJ 1544, al Centro de Atención de Quejas en CC Plaza Zona 4 o avocarse a las sedes departamentales ubicadas en las cabeceras.

CONSEJOS A LA POBLACIÓN GUATEMALTECA

 Si se es distribuidor o vendedor de pirotecnia, se debe considerar contar con el espacio adecuado para llevar a cabo la venta de los productos, mantener una distancia mínima de 5 metros entre ventas, almacenar y resguardar adecuadamente cada uno de sus productos verificándolos constantemente para evitar vender mercadería falsificada o vencida, contar con un extinguidor en buen estado y mantener libres las vías de acceso tanto vehiculares como peatonales con el objetivo de brindar a sus compradores un espacio adecuado de compra-venta de sus productos.

 Al comprar los tradicionales cuetes, recuerde verificar la fecha de expiración de éstos, no permita que sus hijos manipulen la pirotecnia sin la respectiva supervisión de un adulto.
 Encienda únicamente un producto a la vez, no permita que se detone pirotecnia sin la respectiva supervisión de un adulto.
 No permita que se detone pirotecnia en frascos, latas o recipientes.
 Asegúrese de que las detonaciones se realicen en una superficie plana y en un área lejana de viviendas,
áreas forestales y materiales inflamables.
 Recuerde mantener un recipiente con agua tras haber detonado los cuetes o fuegos pirotécnicos.
 Tenga a mano los teléfonos de emergencia y recuerde tomar en cuenta las medidas de prevención y con
ello evitará situarse usted y su familia en una situación de riesgo.
 Ante cualquier emergencia, puede comunicarse a los siguientes teléfonos:
o Bomberos Voluntarios 122
o Bomberos Municipales 123
o Policía Nacional Civil 110 / 120
o Cruz Roja 2381-6565
o CONRED 1566 las 24 horas del día.
o DIACO Denunciar al 1544 servicio las 24 horas al día, los 365 días.
RECOMENACIONES DE LA PNC, DIVISION DE INVESTIGACION Y DESACTIVACION DE ARMAS Y EXPLOSIVOS
 Supervisar medidas de seguridad a tomar para minimizar los incidentes de incendios en fábricas, depósitos, expendios y ventas en espacios públicos de productos pirotécnicos.
 Mantener un ambiente que refleje seguridad desde el punto de vista de medidas de seguridad especialmente orientadas a la prevención.
 Contrarrestar o erradicar el empleo de menores de edad en la manipulación de material altamente peligroso, actividad pirotécnica la fabricación, almacenaje, comercialización, manejo y transporte de los productos.
 Combatir el contrabando o transporte ilegal de productos pirotécnicos extranjeros y materia prima para la elaboración de los mismos. (Especies Estancadas, clorato de sodio, pólvoras compuestas, azufre, aluminio, etc.).
 A los vendedores de artículos pirotécnicos deberán de recibir la capacitación respectiva por el cuerpo de bomberos Municipales.
 No realizar las ventas de artículos pirotécnicos o fuegos artificiales a menores de edad y a personas en estado de embriaguez.
 No vender artículos pirotécnicos o fuegos artificiales en espacios públicos, sin la autorización de la Municipalidad de Guatemala.

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