Por primera vez se ordenaran finanzas

El nuevo instructivo que regula la recaudación y administración de los fondos propios de los conservatorios y escuelas de música y arte del Ministerio de Cultura y Deportes, publicado en el diario oficial el 01 de abril 2013, ampliará su entrada en vigencia, para permitir que en un plazo prudencial -un par de meses- se realice la actualización de recibos, apertura de cuentas y otros requerimientos mínimos.

El Acuerdo Ministerial No. 290-2013, surgió por recomendación de la Contraloría  General de Cuentas de la Nación, que después de una auditoría, pidió usar las formas oficiales que la ley establece para recaudar y administrar fondos, por lo cual, establece que los Directores Administrativo y Artístico de cada una de las instituciones, serán responsables por cualquier recaudación y manejo de fondos que se efectúe.

Cabe mencionar que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que es función del Estado, a través del Ministerio de Cultura y Deportes, proteger, fomentar y difundir la cultura nacional; emitiendo leyes y disposiciones que tiendan a su enriquecimiento, restauración, preservación y recuperación.

De esa cuenta, para continuar fomentando la cultura y a favor de la transparencia, los directores elaborarán y presentarán en las fechas requeridas, ante la Dirección de Formación Artística, de la Dirección General de las Artes, el anteproyecto de presupuesto y Plan Operativo Anual. Experiencias como el mejor manejo de los sitios arqueológicos o museos brindarán al conservatorio y otras entidades del ministerio un ordenamiento de las finanzas y se podrá potencializar de mejor forma los beneficios
para las mismas, ya que podrán firmar cheques, verificarán que se apliquen las leyes vigentes en todas las actividades y compras, así como las operaciones en los libros respectivos.

Tendrán a su cargo la solicitud de impresión y autorización de recibos para registrar el ingreso de fondos y solicitar en las delegaciones de la Contraloría, la autorización de formas para el registro de ingreso de fondos.

Comentarios